Registro IVA Luxemburgo
Servicios completos de IVA en Luxemburgo. Registro de IVA, declaraciones, devoluciones y cumplimiento transfronterizo. Luxemburgo tiene el tipo de IVA estándar más bajo de la UE al 17%.
En résumé : Luxemburgo tiene el tipo de IVA estándar más bajo de la UE al 17%. Registro requerido para actividades imponibles. Períodos de declaración: mensual (>€620K), trimestral o anual. Las empresas no UE pueden necesitar representante fiscal. Declaraciones de IVA vencen el día 15 del período siguiente.
IVA en Luxemburgo
Luxemburgo ofrece el tipo de IVA estándar más bajo de la Unión Europea al 17%. Esto hace que el país sea particularmente atractivo para ciertos servicios digitales B2C y suministros dentro del sistema de IVA de la UE.
Tipos de IVA
| Tipo | Aplicación |
|---|---|
| 17% (Estándar) | La mayoría de bienes y servicios |
| 14% (Reducido) | Vino, ciertos impresos, publicidad |
| 8% (Reducido) | Gas, electricidad, gasóleo doméstico |
| 3% (Superreducido) | Alimentos, bebidas no alcohólicas, libros, prensa, eventos culturales, transporte de pasajeros |
| 0% (Exento con crédito) | Exportaciones, suministros intra-UE, transporte internacional |
Registro de IVA
Cuándo es Necesario el Registro
- Realizar suministros imponibles en Luxemburgo
- Ventas a distancia a consumidores luxemburgueses por encima del umbral
- Adquisiciones intra-UE
- Importación de bienes
- Recepción de servicios sujetos a inversión del sujeto pasivo
- Registro voluntario para recuperar IVA soportado
Proceso de Registro
| Paso | Detalles |
|---|---|
| 1. Solicitud | Presentar ante la Administration de l'Enregistrement |
| 2. Documentación | Estatutos, identificación, prueba de actividad |
| 3. Tramitación | Típicamente 2-4 semanas |
| 4. Número de IVA | Formato: LU + 8 dígitos |
Cumplimiento de IVA
Períodos de Declaración
| Facturación | Período de Declaración |
|---|---|
| > €620.000 | Mensual |
| €112.000 - €620.000 | Trimestral |
| < €112.000 | Anual (con régimen simplificado) |
Plazos Principales
- Declaraciones de IVA: Día 15 del mes/trimestre siguiente
- Declaración anual: 1 de mayo del año siguiente
- Listado de entregas intra-UE: Día 25 del mes siguiente
- Intrastat: Día 16 del mes siguiente
Transacciones Transfronterizas
Suministros Intra-UE
- B2B: Aplica inversión del sujeto pasivo, tipo cero en Luxemburgo
- B2C ventas a distancia: Régimen OSS disponible
- Declaración de listado de entregas intra-UE requerida
Importaciones
- IVA de importación pagadero en aduana
- Esquemas de diferimiento disponibles para importadores regulares
- Recuperación posible como IVA soportado
Devoluciones de IVA
Devoluciones Nacionales
- Exceso de IVA soportado recuperado a través de declaraciones
- Opción de devolución o compensación
- Típicamente procesado en 3 meses
Devoluciones para No Residentes
- Empresas UE: Procedimiento 8ª Directiva
- Empresas no UE: 13ª Directiva (requisito de reciprocidad)
- Portal electrónico para solicitudes
Nuestros Servicios
- Solicitudes de registro de IVA
- Declaraciones periódicas de IVA
- Listados de entregas intra-UE e Intrastat
- Solicitudes de devolución de IVA
- Asesoramiento en transacciones transfronterizas
- Inspecciones y auditorías de IVA
- Representación fiscal
Questions Fréquentes
El registro de IVA es necesario cuando se realizan actividades imponibles en Luxemburgo, incluyendo: suministro de bienes/servicios desde Luxemburgo, ventas a distancia por encima del umbral UE de €10.000, o cuando una empresa necesita recuperar el IVA soportado en gastos.
Luxemburgo tiene cuatro tipos de IVA: tipo estándar del 17% (el más bajo de la UE), tipos reducidos del 14% (vino, publicidad), 8% (gas, electricidad), y tipo superreducido del 3% (alimentos, libros, prensa, eventos culturales).
Sí, las empresas no UE pueden registrarse para el IVA en Luxemburgo. Típicamente deben nombrar un representante fiscal a menos que su país tenga un acuerdo de asistencia mutua con Luxemburgo.
Las declaraciones de IVA se presentan mensualmente (facturación > €620.000), trimestralmente (€112.000 - €620.000), o anualmente (facturación < €112.000). Las declaraciones anuales son siempre obligatorias. Las declaraciones vencen el día 15 del mes/trimestre siguiente.
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